FUNCIONES DEL CONSULADO:
-Localizar a familiares y amigos en caso de accidente, muerte, y/o cuando necesite de ayuda económica. -Colaborar en la localización de familiares en el extranjero y en la orientación sobre las organizaciones con experiencia en buscar personas perdidas. -Contactar a los familiares presos en el extranjero y, en algunas oportunidades, adelantar diligencias que permitan el envío de correspondencia. -Visitar a los detenidos y vigilar que se respeten sus derechos y se observen los procedimientos legales. -Expedirle todo tipo de documentación colombiana.
LO QUE NO QUE NO PUEDE HACER EL CONSULADO:
-Pagarle hospedaje, tiquetes de viaje, servicios médicos, abogados defensores o cualquier otra clase de cuentas. -Hacer el trabajo propio de las agencias de viajes, aerolíneas, bancos o asociaciones de vehículos. -Solicitar tratamiento especial para usted en un centro médico o de detención, superior al quele es proporcionado a un nacional local. -Representarlo legalmente; incoar en su nombre procedimientos ante los tribunales locales o interceder ante ellos para ponerlo fuera de prisión. -Obtener permisos de trabajo o visas para usted y sus familiares.
TELEFONOS Y FAX:
El consulado ha habilitado el 902021105 para información general y tasas. Petición de citas: 914112335 917450210 646235748 en el fax 917450471, ó en el correo electrónico cmadrid@cancilleria.gov.co Otros teléfonos: 917 452 590 Ext. 20 y 27 / 983442691 / 616981587 / 987072770 -618366722 NOVEDAD: En el Consulado de Madrid, ya se pueden pagar los trámites con tarjeta de crédito.
REQUISITOS PARA TRAMITAR LOS DOCUMENTOS:
PASAPORTE: 83,60€
1) ORIGINAL Y FOTOCOPIA DE LA CEDULA DE CIUDADANIA. 2) PASAPORTE ANTERIOR y fotocopia donde estén los datos. 3)TRES FOTOS A COLOR DE FRENTE EN FONDO BLANCO, TAMAÑO 3.5x4.5 cms. (cara primer plano) PERDIDA : por razones de seguridad deberá presentar original y fotocopia de la denuncia ante las autoridades españolas.
MENORES DE EDAD,: Original y fotocopia del REGISTRO CIVIL DE NACIMIENTO con el sello original de la Notaria (donde conste el nombre y documento de identidad de los padres) , original y 2 fotocopias del documento de identidad de los padres. Deberán venir acompañados por uno de los padres o del representante legal.
CEDULA DE CIUDADANIA: Primera Vez: Original y fotocopia del Registro Civil de Nacimiento (SIN COSTO) Renovación: Original y fotocopia de la cédula (SIN COSTO) Duplicado por pérdida o deterioro: Fotocopia de la Cédula o pasaporte (24,00€) Rectificación: Cédula original y fotocopia; registro Civil de Nacimiento, original y fotocopia (24,00€) Además deberá aportar: Tres fotos tamaño 5X4 a color y fondo blanco, el tamaño de la cabeza debe ser 2.7 cms, ropa preferiblemente oscura, no amarilla, ni blanca, sin piercings, fotocopia del grupo sanguíneo y RH
ANTECEDENTES PENALES: 27€ 1)ORIGINAL Y FOTOCOPIA DE LA CEDULA DE CIUDADANIA.. 2) DOS FOTOS. 3) FOTOCOPIA DE LA INSCRIPCIÓN CONSULAR. 4) UN SOBRE MARCADO CON SU NOMBRE Y DOMICILIO. 5) UNA ESTAMPILLA O SELLO DE CORREOS SIN FECHA POR UN VALOR DE 3 €.
PODERES: 28€ Para autenticar un poder, el interesado deberá traer el poder escrito y la cédula de ciudadanía o el pasaporte.
AUTORIZACION PARA SALIDA DEL PAIS: 18€ Para autorizar la salida del país de sus hijos menores de edad deberá presentar original y fotocopia de la cédula de ciudadanía o el pasaporte. Para extranjeros el documento de identidad.
REGISTRO DE NACIMIENTO DE NIÑOS: SIN COSTO 1) ORIGINAL DEL REGISTRO LITERAL DE NACIMIENTO ESPAÑOL. 2)ORIGINAL Y FOTOCOPIA DE LA CEDULA DE CIUDADANIA Y DOCUMENTO DE IDENTIDAD PARA LOS EXTRANJEROS. 3) COMPROBANTE DEL GRUPO SANGUÍNEO Y RH DE L MENOR. 4) TRAER AL MENOR. Si los padres están casados, registro de matrimonio y puede venir uno de los dos. Si no están casados deben venir los dos padres.
REGISTRO DE MATRIMONIO: SIN COSTO 1) ORIGINAL DEL REGISTRO LITERAL DE MATRIMONIO ESPAÑOL. 2)ORIGINAL Y FOTOCOPIA DE LA CEDULA DE CIUDADANIA PARA LOS NACIONALES COLOMBIANOS Y DOCUMENTO DE IDENTIDAD PARA LOS EXTRANJEROS.
INSCRIPCION CONSULAR: SIN COSTO 1) ORIGINAL DE LA CEDULA DE CIUDADANIA Y PASAPORTE EN VIGOR. 2) DOS FOTOS TAMAÑO CARNET . Se debe hacer personalmente, con Original de la cédula y el pasaporte en vigor, Dos fotos tamaño carnet y el empadronamiento.
RECOMENDACIONES DEL CONSULADO:
EL INTERESADO DEBE REALIZAR UNA CONSIGNACION POR EL VALOR EXACTO DEL TRAMITE QUE DESEE REALIZAR, EN CUALQUIER SUCURSAL DEL BBVA. CUENTA: 0182-4927-53-0291502656, Y PRESENTAR EL RECIBO ORIGINAL DE COLOR AMARILLO EN EL CONSULADO, CON UNA VIGENCIA NO MAYOR DE 8 DIAS ADEMÁS DEBERA ANOTAR EL NOMBRE DEL BENEFICIARIO DEL TRAMITE. SE SUGIERE REALIZAR CONSULTA PREVIA DE REQUISITOS CON EL FUNCIONARIO CONSULAR, ANTES DE REALIZAR EL DEPOSITO. NOVEDAD: En el Consulado de Madrid, ya se pueden pagar los trámites con tarjeta de crédito.
Para poder adelantar cualquier trámite ante un consulado colombiano es indispensable que la persona interesada presente o bien su cédula de ciudadanía, o bien su pasaporte. Esos documentos deben estar vigentes y no se aceptan fotocopias de los mismos. Mucha gente viene al consulado con su Documento Nacional de Identidad español, o DNI, pero ese documento no sirve para realizar trámites ante las autoridades colombianas. Las fotos para las cédulas de ciudadanía deben ser extremadamente precisas en su tamaño. Son fotos en color de 5x4, con fondo blanco y es muy importante que el tamaño de la cabeza sea de 2,7 cms. Si las fotos aportadas para el trámite de renovación de cédula o expedición por primera vez no cumplen con estas características, serán rechazadas. El consulado de Madrid y los demás consulados de Colombia no aceptan dinero en efectivo. Así que todos los pagos por concepto de trámites deben hacerse en una cuenta bancaria que varia de consulado a consulado. Es muy importante que el pago se haga por el valor exacto de el o los trámites a realizar, porque si no es así, el Consulado no puede recibir el comprobante de ingreso (consignación). Otro detalle muy importante es que la persona debe entregar al consulado el recibo original del ingreso o consignación (el papel sobre el que se escribe). Las copias no son válidas. Para el caso específico del Consulado de Madrid, la cuenta es la 0182-4927-53-0291502656 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA). Hay una sucursal a tres cuadras del consulado (sobre La Castellana), pero el ingreso se puede hacer en cualquier BBVA de España. En este caso, la copia válida es la amarilla (la rosada y la blanca no sirven). El ingreso debe tener una vigencia no mayor de 8 días, además debe anotar el nombre del beneficiario del trámite. Si tiene alguna duda llame al 902021105. Por favor: escuche sus indicaciones con atención y aprenda a ‘navegarla’. Se ahorrará mucho tiempo. Sólo el consulado de Colombia en Madrid atiende a más de 400 personas por día, así que es muy importante que a las diligencias acuda sólo la persona interesada y con los documentos y requisitos que debe aportar para realizar el trámite. Si tiene que hacer una consulta telefónica, es mejor que la haga en las horas de la tarde, pues a esa hora ya no hay público y los funcionarios podrán atenderle mejor. La mejor hora para hacer sus trámites –al menos en el caso de Madrid– es entre las nueve y las once de la mañana. El grueso de la gente suele llegar entre las 11am y la 1pm. En el consulado de Madrid, todos los trámites, salvo el caso de los pasaportes y las visas para extranjeros, se resuelven y entregan el mismo día. Pero es muy importante que la gente tenga en cuenta que si llega al consulado faltando veinte minutos para la una de la tarde, y en la sala ya hay 20 personas esperando, tendrá que esperar a que esas personas sean atendidas. Pero en el momento en que lo atiendan, la espera máxima es de 15 minutos por documento. Claro que hay documentos de documentos, por ejemplo, la toma de huellas digitales para el certificado de antecedentes penales, toma tiempo. En el consulado de Madrid se atiende a todo el mundo por igual, pero hay una excepción. El trámite para obtener un pasaporte suele ser de un día para otro, pero el consulado trata de entregarlo el mismo día a las personas que puedan probar, mediante copia de su empadronamiento municipal, que viven en ciudades y localidades muy distantes de Madrid, como Sevilla. El objetivo: que no pierdan más de una jornada laboral.Etiquetas: consulado |